El Colegio de Arquitectos de Castilla-La Mancha (COACM), creado por Real Decreto 128/1985, de 23 de enero, es una Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y funciones.
El COACM desarrolla su actuación en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha con carácter de Colegio Profesional único y, en consecuencia, asume las funciones atribuidas al Consejo Colegial de ámbito autonómico por la legislación vigente. Se compone de Sede Central en la capital de la Comunidad Autónoma y cinco Demarcaciones territoriales establecidas en las capitales de las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo.
Los fines esenciales del Colegio son los previstos en los Estatutos Generales de la profesión y en la legislación vigente sobre Colegios Profesionales. Para el cumplimiento de sus fines, el COACM, ejercerá en su ámbito territorial y, sin perjuicio de los fines y funciones que le correspondan al Consejo Superior, cuantas funciones le asigne la legislación sobre Colegios Profesionales y, en particular las siguientes:
La Gestión Directiva del Colegio corresponderá a la Junta de Gobierno que, bajo la presidencia del Decano estará constituida por:
Los Presidentes de las Demarcaciones obligatoriamente ocuparán una de las vocalías por Demarcación. La Junta de Gobierno podrá incrementar el número de vocales en más de cinco, en atención a criterios de oportunidad y necesidades colegiales.