El visado es una función pública de control colegial del ejercicio de la profesión y de los trabajos profesionales que se reflejen documentalmente y estén autorizados con la firma del Arquitecto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de los Estatutos Generales y modificado por la Junta General Ordinaria de 30 de mayo de 2018:
1.- El visado tiene por objeto:
a) La identidad y habilitación profesional del autor del trabajo, para lo que se utilizarán los registros de colegiados. En el aspecto subjetivo, la identidad y la habilitación profesional comportará la verificación de aspectos tales como el reconocimiento de firma del autor del trabajo, titulación, colegiación, ausencia de impedimentos inhabilitantes para el ejercicio profesional, incluyendo régimen de incompatibilidades y los demás extremos propios determinantes de la plena habilitación profesional.
b) La corrección e integridad formal de la documentación del trabajo profesional de acuerdo con la normativa aplicable del trabajo del que se trate. En el aspecto objetivo, el visado comprobará la integridad y corrección formales del trabajo sujeto a visado, sin que comprenda en ningún caso el control técnico de los elementos facultativos del trabajo. En orden a la integridad formal el visado verificará que el trabajo profesional incorpora los contenidos especificados en Artículo 2 del presente documento.
2.- El visado expresará claramente cuál es su objeto, detallando qué extremos son sometidos a control.
3.- El visado no comprenderá el control técnico de los elementos facultativos del trabajo profesional, ni los honorarios y las demás condiciones contractuales, cuya determinación queda sujeta al libre acuerdo de las partes. Asimismo y de conformidad con lo dispuesto en el art. 1 de la Normativa Común sobre regulación del visado colegial, el visado velará por la observancia de los aspectos deontológicos. La denegación del visado será motivada por relación al incumplimiento de los extremos contenidos en los apartados a) y b) mencionados.
MARCADORES DE PROYECTO | MARCADORES DE LEGALIZACIÓN | MARCADORES DE DERRIBO
VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS VISADOS
1-Comunicación de encargo profesional
2-Declaración de compatibilidad
3-Certificado final de obra
4-CFO sin CTE
5-Solicitud de visado CFO
6-Certificado final de obra simple
7-Oficio de dirección de obra
8-Oficio de coordinación de seguridad y salud
9-Comunicación intercolegial
10-Albacete_Solicitud libro de ordenes
11-Ciudad Real_Solicitud libro de ordenes
12-Cuenca_solicitud libro de ordenes
13-Guadalajara_Solicitud libro de ordenes
14-Toledo_Solicitud libro de ordenes
15-CTO_Certificado de Terminación de Obra
16-Albacete_Anejo I al Certificado Final de Obra
17-Albacete_Certificado Final de Obra visado digital
18-Albacete_Instrucciones visado digital Certificado Final de Obra
19-Diligencia de coordinación del proyecto parcial o documentación técnica complementaria al proyecto de edificación
20-Certificado final de obra de Demolición
21-Autorización facturación precio del visado
22-Solicitud de facturación a terceros